Arraigo socioformativo

El arraigo socioformativo es una autorización de residencia temporal por circunstancias excepcionales que se podrá conceder a ciudadanos extranjeros que se hallen en España en una situación administrativa irregular. Se concede mediante la realización de formación reglada para el empleo, una formación conducente a la obtención de un certificado de profesionalidad, o bien formación que facilite la inserción laboral del solicitante.

Esta vía permite regularizar tu situación administrativa si has permanecido en el país de forma continuada durante un periodo mínimo de dos años.

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Requisitos

🌎 No ser ciudadano de la Unión Europea, EEE (Islandia, Liechtenstein y Noruega) o Suiza, o familiar de ciudadanos de estos países a los que aplique el régimen de ciudadano de la UE.

🇪🇸 Encontrarse en España y no tener la condición de solicitante de protección internacional (ni el momento de la presentación ni durante su tramitación).

🚓 No representar una amenaza para el orden público, la seguridad o la salud pública. 

⚖️ Carecer de antecedentes penales en España y en los países donde haya residido en los últimos cinco años, por delitos existentes en el ordenamiento español.

🚫 No figurar como rechazable en el espacio Schengen. 

🛑 No encontrarse dentro del plazo de compromiso de no retorno a España. 

🗓️ Haber permanecido con carácter continuado en España durante, al menos, los dos años anteriores a la presentación de la solicitud.

📚 Acreditar una de las siguientes situaciones:

  • Estar matriculado o estar cursando alguna de las siguientes formaciones:

    • Realización de estudios de educación secundaria postobligatoria.

    • Formación profesional (certificado de profesionalidad de nivel 1, 2 o 3).

    • Enseñanzas obligatorias de educación para personas adultas.

  • Estar matriculado o cursando o comprometerse a realizar una formación promovida por los Servicios Públicos de Empleo de España y orientada al desempeño de ocupaciones incluidas en el Catálogo de Ocupaciones de Difícil Cobertura.

🏘️ Acreditación del esfuerzo de integración social de la persona extranjera, avalado mediante la aportación de un informe favorable que podrá emitirse por las Comunidades Autónomas o, en su caso, por los Ayuntamientos, en cuyo territorio tenga su domicilio habitual la persona extranjera.

Documentos generales

📄 Modelo de solicitud EX-10

💰 Pago de la tasa Modelo 790 Código 052

🪪 Copia completa del pasaporte, cédula de inscripción o título de viaje en vigor, reconocido como válido en España.

🇪🇸 Documentación acreditativa de la permanencia continuada en España durante un período mínimo de dos años.

👮🏼‍♂️ Certificado de antecedentes penales expedido por las Autoridades del país o países en los que haya residido durante los cinco últimos años anteriores a la presentación de la solicitud.

Documentos específicos

🫱🏼‍🫲🏾 Informe de esfuerzo de integración emitido por la Comunidad Autónoma o, en su caso, por el Ayuntamiento, en cuyo territorio tenga su domicilio habitual el solicitante. 

📚 Acreditación de la formación, uno de los siguientes documentos, dependiendo del caso:

  • Matrícula de la formación prevista, admisión o realización actual de la formación, para los estudios e educación secundaria postobligatoria, formación profesional y enseñanzas de personas adultas.

  • Compromiso de realización de la formación, reflejado en el modelo oficial de solicitud o de manifestación por escrito, para las formaciones promovidas por el SEPE y orientadas al desempeño de ocupaciones incluidas en el Catálogo de Difícil Cobertura.

⚠️ En el caso de aportar un compromiso de realización de la formación, la prueba de la matriculación deberá acreditarse a la Oficina de Extranjería en el plazo máximo de tres meses desde la notificación de la concesión de la autorización. En caso contrario, la Oficina podrá extinguir la autorización.

Traducción y legalización de documentos

Visita nuestra página de traducción y legalización para más información sobre qué documentos has de traducir y legalizar para tu trámite.

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FAQ

¿Qué derechos me da esta autorización?

¿Cuánto cuesta la tasa para este trámite?

¿Qué características ha de tener la documentación para acreditar la permanencia de 2 años en España?

¿Qué cursos puedo hacer?

¿En qué consiste el informe de esfuerzo de integración?

¿Cuál es el plazo de la resolución?

¿Podré trabajar y desde qué momento?

¿En qué momento se debe presentar la solicitud para la autorización?

Si me conceden la autorización, ¿debo llevar a cabo algún que otro trámite adicional?

¿En qué supuesto podré prorrogar la autorización si esta está por finalizar?

¿Cuándo finalice mi autorización de residencia temporal por circunstancias excepcionales (arraigo socioformativo) podré modificar esta autorización a otro tipo?

¿Puedo haber estado fuera durante los dos años?

¿Debo ser mayor de edad para solicitar una autorización de residencia por arraigo socioformativo?

¿Me contabiliza el tiempo de la autorización de residencia temporal por circunstancias excepcionales (arraigo socioformativo) a efectos de la nacionalidad?

¿Hay algún límite en cuanto a veces que podré solicitar este tipo de autorización?

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